Saltar al contenido
  • FACEBOOK
  • INSTAGRAM
  • LINKEDIN
TUAUTOAYUDAFINANCIERA

TUAUTOAYUDAFINANCIERA

Tu lugar de autoayuda para aprender sobre finanzas

  • Presentación
    • Tu autoayuda financiera
    • Sobre nosotros
    • Destinatarios
  • Tus finanzas
    • Conceptos básicos
    • Tus finanzas personales
      • Ahorro y financiación
      • Tu inversión
        • Renta fija y renta variable
        • Inmobiliario
        • Crypto
    • Tus finanzas: empresas y autónomos
      • Decisiones de inversión
      • Decisiones de financiación
      • Análisis de estados financieros
      • Valoración de empresas
  • Tus impuestos
    • Impuestos personales
    • Impuestos empresariales
      • IRPF
      • IVA
      • IS
  • Proyecto educ@
    • Apuntes
      • Gestión e inversión financiera
      • Conceptos básicos de Derecho
    • Libros y manuales
      • Actividades
    • Conceptos básicos de Derecho Laboral
  • Novedades
    • Finanzas y contabilidad
    • Impuestos-fiscal
  • Actualidad
    • España
    • Europa
    • Resto del mundo
  • Glosario
  • Contacto
  • Alternar formulario de búsqueda

SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN (SIF)

Publicado el marzo 25, 2025abril 2, 2025 Por admin 2 comentarios en SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN (SIF)

El 28 de octubre de 2024 se ha publicado la Orden Ministerial en relación específicamente con los Sistemas Informáticos de Facturación de Empresarios y Profesionales.

Resumidamente, se considera sistema informático de facturación (SIF) al conjunto de hardware y software utilizado para expedir facturas que admita la entrada de información de facturación por cualquier vía, conserve esta información y la procese.

La publicación de esta Orden Ministerial, supone el inicio del cómputo del plazo para que:

a) los fabricantes y comercializadores de sistemas de facturación comercialicen productos adaptados a la normativa.

b) los empresarios y profesionales que expidan facturas deberán tener operativos sus sistemas informáticos de facturación (SIF), adaptados a las características y requisitos que se establecen.

Plazo para su aplicación.

Debido a los continuos retrasos en la tramitación y aprobación de la normativa de desarrollo, en especial la Orden Ministerial HAC/1177/2024, de 17 de octubre, se establece el siguiente plazo para que los empresarios y profesionales deban tener operativos sus sistemas informáticos de facturación (SIF), adaptados a las características y requisitos que se establecen en la normativa:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: antes del 1 de enero de 2026.
  • Resto de obligados: antes del 1 de julio de 2026.

No osbtante, existen dos modalidades de cumplimiento: 

  1. Modalidad VERI*FACTU: envío automático de los registros de facturación a la AEAT.

2. Modalidad NO VERI*FACTU: registro y almacenamiento de las facturas en nuestro programa de facturación, con obligación de presentar los registros a requerimiento de la AEAT.

VISIÓN GENERAL DE LAS DOS MODALIDADES DE CUMPLIMIENTO

  1. Para la modalidad VERI*FACTU, se contempla que los empresarios y profesionales remitan de forma automática cada registro de facturación a la AEAT. Esta remisión podrá realizarse:
  • a través de la aplicación pública gratuita que ofrecerá la AEAT (que puede ser útil para empresas con muy bajos volúmenes de facturación)
  • a través de un programa de facturación propio o comercializado por un tercero. Estos sistemas informáticos que sean utilizados para remitir efectivamente por medios electrónicos a laAEAT de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente todos los registros de facturación generados tendrán la consideración de Sistemas de emisión de facturas verificables o «Sistemas VERI*FACTU»

2. Para la modalidad NO VERI*FACTU, los empresarios y profesionales deberán contar necesariamente con un sistema informático de facturación adaptado a múltiples requerimientos normativos (integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación)

En este último caso, modalidad NO VERI*FACTU, corresponderá a la persona o entidad productora del sistema informático certificar, mediante una declaración responsable, que el sistema informático cumple con las especificaciones técnicas legalmente establecidas. La declaración responsable deberá constar por escrito y de modo visible en el propio sistema informático.

Esta declaración responsable podrá ser solicitada por el cliente o por la Administración tributaria a la persona o entidad productora o comercializadora del sistema informático.

RÉGIMEN SANCIONADOR

La normativa, como es habitual, contempla sanciones bastante elevadas en caso de incumplimiento:

  • Para lo fabricantes y comercializadores constituye infracción tributaria la fabricación, producción y comercialización de sistemas y programas informáticos o electrónicos de facturación que no se ajusten a lo establecido. Multa pecuniaria fija de 150.000 euros
  • Para lo fabricantes y comercializadores constituye infracción tributaria que no se certifiquen, estando obligado a ello, los sistemas fabricados, producidos o comercializados. Multa pecuniaria fija de 1.000 euros.

Para los empresarios, será infracción empleo de los sistemas o programas informáticos o electrónicos que no se ajusten a lo establecido. Multa pecuniaria fija de 50.000 euros.

(pecuniaria=dineraria)

Referencias normativas:

  • Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Artículo 12 y Disposición Final 8ª.
  • Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
  • Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
  • Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registrosde facturación.

Actualidad financiera y tributaria, Educación financiera, Impuestos empresariales, Tus finanzas empresariales Etiquetas:#facturación#

Navegación de entradas

Entrada anterior: MÓDULOS 2025
Entrada siguiente: CINCO + UNO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN FINANZAS

Comentarios (2) on “SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN (SIF)”

  1. Pingback: FACTURACIÓN ELECTRÓNICA – TUAUTOAYUDAFINANCIERA
  2. Pingback: ÚLTIMA HORA: PRÓRROGA SIF. – TUAUTOAYUDAFINANCIERA

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías

  • Actualidad financiera y tributaria
  • Educación financiera
  • Finanzas: conceptos básicos.
  • Impuestos empresariales
  • Tu finanzas personales
  • Tus finanzas empresariales

Noticias destacadas

Entradas recientes

  • Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas
  • PROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN DE LAS CUOTAS DE IVA REPERCUTIDO POR CLIENTES MOROSOS Y/O EN CONCURSO
  • ÚLTIMA HORA: PRÓRROGA SIF.
  • RECUPERACIÓN DEL IVA REPERCUTIDO A CLIENTES «MOROSOS» Y/O EN CONCURSO DE ACREEDORES.
  • CINCO + UNO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN FINANZAS

Archivos

  • junio 2025
  • abril 2025
  • marzo 2025

Comentarios recientes

  1. ÚLTIMA HORA: PRÓRROGA SIF. – TUAUTOAYUDAFINANCIERA en SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN (SIF)
  2. FACTURACIÓN ELECTRÓNICA – TUAUTOAYUDAFINANCIERA en SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN (SIF)

Copyright © 2025 TUAUTOAYUDAFINANCIERA.

Funciona con Tema PressBook para WordPress